En el día a día del comercio internacional, hay procesos que pueden marcar la diferencia entre una operación fluida y una llena de contratiempos. Uno de ellos es el redestino de carga, una herramienta útil para quienes necesitan ciertas condiciones específicas para su carga al momento de nacionalizar su mercancía en Honduras.
Este procedimiento permite mover la carga desde el puerto hacia un depósito fiscal, sin pagar impuestos en el punto de ingreso, para luego nacionalizarla directamente en dicho depósito. Pero, como todo proceso aduanero, tiene sus reglas, tiempos y requisitos, lo que podría representar ciertos desafíos, especialmente con la disponibilidad limitada de chasis federados, que son indispensables para completar esta operación de forma legal y segura.
Por ello, preparamos esta guía práctica para ayudarte a entender qué es el redestino, cómo funciona, qué dice la ley y qué debes tener en cuenta para evitar retrasos y cumplir con todos los requisitos.
¿Qué es el redestino?
El redestino es el traslado de mercancías desde un puerto hacia un depósito fiscal o depósito aduanero, sin que se paguen impuestos en el puerto. Esto significa que la mercancía sigue bajo control aduanero y se nacionaliza más adelante, directamente en el depósito.
Este proceso está contemplado en el Acuerdo No. 552‑2018, y es ideal para quienes necesitan más tiempo para gestionar su importación o que manejan cargas con logística más compleja.
¿En qué puertos se puede hacer?
Actualmente, este proceso está habilitado en dos puntos del país.
• Puerto Cortés, al norte
• Puerto de Henecán (San Lorenzo), en el sur.
Ambos son considerados estratégicos para el comercio exterior y están conectados al sistema de control aduanero nacional.
Leyes y acuerdos que respaldan el redestino en Honduras
El redestino está regulado principalmente por dos acuerdos importantes que son: el Acuerdo No. 552‑2018 – Reglamento de Depósitos Aduaneros, y el Acuerdo sobre Depósitos Especializados (2021), los cuales establecen:
Acuerdo No. 552‑2018 – Reglamento de Depósitos Aduaneros
- Establece que la carga puede mantenerse bajo suspensión de tributos hasta su nacionalización.
- El depósito debe estar supervisado por un delegado fiscal.
- Se exige realizar inventarios trimestrales, mantener vigilancia por CCTV, y contar con registros electrónicos de entrada y salida.
- El plazo máximo de almacenamiento es de un año. Pasado ese tiempo sin nacionalizar, la mercancía pasa a ser propiedad del Estado.
Acuerdo sobre Depósitos Especializados (2021)
- Cámaras conectadas al Centro de Control de Aduanas.
- Señalización interna clara.
- Conexión de internet estable y redundante (mínimo 50 Mbps).
- Red LAN funcional en todo el espacio.
- Personal capacitado en seguridad, monitoreo y tecnología.
- Control de acceso, iluminación adecuada y generadores de respaldo.
Puedes informarte mejor haciendo click en:
https://www.aduanas.gob.hn/wpcontent/uploads/2021/11/ULTIMAACUERDO_DE_DEPO%CC%81SITOS_ESPECIALIZADOS_-_.pdf?utm_source=chatgpt.com
Paso a paso del proceso de redestino
El redestino puede parecer complicado si no se tiene claro el camino que debe seguir la carga. Por eso, acá te explicamos de forma sencilla cada paso del proceso, desde que la mercancía llega al puerto hasta que es liberada desde el depósito fiscal.

Un dato que debes tomar en consideración es el uso obligatorio de Chasis Federados, registrados y rastreables. No es opcional; es un requisito indispensable para cerrar el proceso de redestino de forma legal.
¿Cuáles son los beneficios del redestino?
· Más flexibilidad: puedes decidir cuándo nacionalizar tu carga.
· Menor presión de tiempo: no pagas impuestos en el puerto.
· Mayor control y seguridad: gracias a los sistemas de vigilancia y registros electrónicos.
· Ahorro logístico: especialmente si necesitas consolidar varias cargas o esperar una autorización.
Términos que debes conocer
Durante el redestino vas a encontrarte con varios términos técnicos que forman parte del proceso. Para que no te tomen por sorpresa, te explicamos los más importantes, que son:
- DUCA-T: Documento para trasladar legalmente la carga desde el puerto hasta el depósito.
(DUCA T-1 haz click aquí y mira un ejemplo de el documento) - DUCA: Se usa cuando el valor de la mercancía supera los US$500.
- CUP: Comprobante Único de Pago, para cargas menores a US$500.
- SARAH / PECH: Plataformas electrónicas donde se gestionan todos los trámites.
- Delegado fiscal: Agente de Aduanas que supervisa el control dentro del depósito.
- CCTV: Sistema de cámaras que vigilan la carga las 24 horas y respaldan la trazabilidad.
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